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SINDICALISTAS DE BASE DE CANARIAS FIRMA CON LAS PATRONALES ASHOTEL Y AERO EL NUEVO CONVENIO DE HOSTELRIA 2022 - 2026

El pasado viernes 16 de Septiembre, la mayoría de Sindicalistas de Base de Canarias en la Comisión Negociadora del Convenio de Hostelería, firmó con las patronales del sector turístico, ASHOTEL. y de la Restauración, AERO, el nuevo Convenio de Hostelería 2022 – 2026, que debe dar estabilidad a un sector con más de 65.000 personas trabajadoras, (37.000 en el sector de la Restauración, y 28.000 en el sector alojativo, tras una pandemia, en medio de una guerra en Europa, y a las puertas de una anunciada recesión en Europa, firma que ratifica en contenido del preacuerdo firmado el pasado 29 de Julio de 2022.

Sindicalistas de Base de Canarias cumple con su primer objetivo en la negociación y con el compromiso adquirido con sus Afiliados/as y Delegados/as, no aceptar el más mínimo recorte de los derechos regulados en el Convenio de Hostelería, regular y limitar la contratación eventual y el contrato fijo discontinuo, tras el nuevo marco de relaciones laborales derivado la última reforma laboral, y repetir, pese a la diferente situación en el sector, la revisión salarial firmada en el anterior Convenio 2018 – 2022 del 10,25%, siguiendo con un incremento adicional del salario base sobre el porcentaje de revisión anual establecido en el Convenio.

Es fundamental destacar sobre los acuerdos firmados en el nuevo Convenio de Hostelería dos compromisos establecidos en el mismo para desarrollar durante su vigencia: la negociación de un nuevo sistema salarial que sustituya el modelo de negociación de los pactos salariales de empresa en sustitución del denominado “porcentaje de servicios”, compromiso expresamente establecido en el artículo 32 del nuevo Convenio de Hostelería, y un sistema de prejubilación de las Camareras de Pisos a los 58 años, ante el evidente altísimo porcentaje de incapacidades temporales y totales para su profesión que sufre dicho colectivo, a través de sistemas de extinción de los contratos de trabajo a dicha edad, con complementos por parte de las empresas a las prestaciones y subsidios por desempleo hasta cumplir la edad para su prejubilación, en los términos previstos en el artículo 51.9 del Estatuto de los/as Trabajadores/as, y de la Disposición Adicional décimo tercera de la Ley General de la Seguridad Social, tal y como se establece en el Observatorio de Empleo del artículo 41 del nuevo Convenio de Hostelería.

Es evidente que el Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife es el convenio de referencia para el colectivo de Camareras de Pisos. Convenio a Convenio se ha trabajado para ir incorporando sus reivindicaciones: es el único convenio de todo el estado que expresa y simplemente prohibe su subcontratación a empresas de limpieza o servicios; (Artículo 18), establece la obligación de realizar por parte de los Servicios de Prevención de las Evaluaciones de Ergonomía, (Posturas Forzadas, Manipulación de Cargas y Movimientos Repetitivos), Carga Física y Riesgo Psicosocial; obligando a hacer una expresa medición de los tiempos de los controles de trabajo diarios, para establecer un acuerdo de regulación de su trabajo diario, que no ponga en riesgo su seguridad y salud laboral; y, finalmente, en este último convenio, se establecen los mecanismos para trabajar y conseguir en las empresas su prejubilación a los 58 años, tras todo una vida laboral dedicada a la limpieza de las habitaciones de los hoteles y apartamentos de nuestra provincia.

El nuevo Convenio de Hostelería establece una revisión del 10.25% en cuatro años, el 3% el primer año, con carácter retroactivo al mes de Julio de 2022, y 2,75%, 2,5% y 2%, con un incremento adicional del salario base el primer año de 15 €uros, si bien esta cuantía de incremento lineal tendrá carácter absorbible de los complementos establecidos en los mencionados “pactos salariales” o las mejoras voluntarias que tuvieran establecidas las empresas por encima del “salario base” establecido en el Convenio de Hostelería, en los términos que regula el artículo 7 del nuevo Convenio.

Es de destacar, respecto a las críticas de otros sindicatos sobre la revisión salarial firmada, minoritarios en el sector de la Hostelería, que no han suscrito el nuevo Convenio de Hostelería, que sólo ven la “paja en el ojo ajeno”, ya que los convenios suscritos por dichos sindicatos en el año 2022 han establecido una revisión salarial media del 2,6%, que en el “sector servicios” se reduce al 2,27%, teniendo el ejemplo de su incapacidad en el Convenio de Hostelería de Las Palmas, en el que, en los últimos diez años, se han incrementado los salarios un 8,75%, (un 0,875% de media anual), y se mantienen congelados desde 2019, con tres años sin incremento, donde no hacen referencia a una pérdida del poder adquisitivo de los salarios en relación a la inflación y el coste de la vida del 17% entre 2021 y 2022.

Sin embargo Sindicalistas de Base de Canarias, en los dos últimos Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife, hemos firmado un incremento de los salarios del 22% en el sector Alojativo, y un 32% en el sector de la Restauración, y, pese a la actual inflación, se ha ganado poder adquisitivo en el periodo de Julio de 2018 a Agosto de 2022 el IPC se ha incrementado en el 14,1% y los salarios el 14,75% en el sector alojativo, y el 24,50% en la Restauración, subsector en el que es de destacar que con el nuevo Convenio, superan los establecidos en la provincia de Las Palmas, ampliamente superados en el sector hotelero por los reiterados “pactos salariales” de sustitución del “porcentaje de servicios” negociados en el ámbito de la empresa o el centro de trabajo.

El nuevo Convenio de Hostelería mantiene el periodo mínimo de actividad del contrato fijo discontinuo, que sólo podrá reducirse de forma excepcional por acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras, cuando la situación lo requiera y siempre para evitar la pérdida de empleo, tal y como mandata la nueva “reforma laboral” de las que sacan pecho los sindicatos que la firman, sin establecer ningún tipo de límite ni regulación, en cuanto al periodo de actividad de los contratos fijos discontinuos.

Así mismo el nuevo Convenio de Hostelería establece un límite del 10% a la contratación eventual en las empresas, con excepción de los contratos de sustitución o de contratación eventual “previsible”, limitada a un máximo de 90 días por la “reforma laboral”, reforma que no establece ningún límite porcentual de la contratación eventual respecto al personal fijo que el nuevo Convenio de Hostelería si establece, regula y limita.

Igualmente el Convenio de Hostelería establece una mejora sobre las retribuciones del personal con contrato de prácticas, formación y aprendizaje, respecto a los establecidos en el Estatuto de los/as Trabajadores/as, con la firma de los sindicatos firmantes de la “reforma laboral” con el Gobierno.

El Convenio de Hostelería elimina las funciones de limpieza de zonas comunes, reposición de los minibares, y retirada del room services a las Camareras de Pisos, si bien permite un acuerdo de “polivalencia funcional” que permita voluntariamente, en los establecimientos que vengan haciéndolo, mantener la limpieza de zonas comunes al inicio de la jornada laboral, ya el retirar dichas funciones podría determinar una modificación de horario, retrasando su salida, imposibilitando la conciliación de su vida laboral y familiar, haciendo compatible su horario de salida con la salida de sus hijos/as del colegio, o incluso `para poder mantenerlo, verse obligadas a reducir su jornada, y con ello su salario.

Es evidente que algunos sindicatos nos han entendido con sus críticas que las Camareras de Pisos entran a las 7.30 – 8.00 horas, y salen a las 15.30 – 16.00 horas, si no hay zonas comunes no podrían entrar hasta las 8.30 – 9.00 horas para iniciar su trabajo directamente en la limpieza de habitaciones, ya que la mayoría de los clientes permanecerían todavía en ellas, por lo que tendrían que terminar su jornada a las 16.30 – 17.00 horas, imposibilitando la recogida de sus hijos/as a la salida del colegio.

La firma del nuevo Convenio de Hostelería abre las negociaciones de los “pactos salariales” de todas las empresas en el ámbito del mandato del artículo 32 del convenio, en cuya negociación nuestros/as Delegados/as y Comités de empresa trabajarán por mejorar las condiciones salariales de los mismos sobre la garantía ya firmada en el nuevo convenio.

Es evidente que este 2022 ha sido definitivo a la hora de poner los/as trabajadores/as a cada sindicato en su sitio donde hablan con su voto, en las Elecciones Sindicales, en las que Sindicalistas de Base ha obtenido más del 70% de la representación sindical en las empresas con 392 Delegados/as, por 62 de CCOO, 33 de UGT, 26 de IC y 9 de USO, estableciéndose el cómputo de los cuatro años 2019 – 2022 en SB 854 Delegados/as, por 274 de CCOO, 193 de UGT, 64 de IC y 31 de USO.

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